miércoles, 23 de abril de 2014

Fomento prohíbe a los drones volar

La UE quiere tener regulado el sector en 2016, mientras que los aviones sin piloto ya operan para usos civiles en Suecia, Francia, Reino Unido o Japón


Artículo publicado originalmente en Estrella Digital.
Proyecto Fulmar desarrollado por la multinacional Thales en España.
Vacío legal. Y, por tanto, presión sobre las administraciones públicas. El Gobierno ha querido recordar en este momento que en España está prohibido el uso comercial y profesional de los aviones sin piloto para usos civiles.
El desarrollo industrial y las expectativas de negocio ya están avanzadas para el uso civil de drones, y todos miran al regulador para que establezca el marco legal. La UE también ha presentado hace pocos días sus planes: en 2016 quiere tener integrados los drones en el espacio aéreo.
El vuelo para usos civiles de aparatos controlados a distancia genera no pocas dudas sobre seguridad, protección y privacidad. Ante este panorama, el Gobierno advierte, la Comisión Europea anuncia.
Ministerio de Fomento: “no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales”. El Gobierno, a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea –AESA-, acaba de emitir un comunicado tajante repleto de prohibiciones “con el objeto de evitar mal entendidos y posibles incidentes”.
El listado de usos no permitidos da una idea del potencial de esta tecnología. Fomento advierte de que no está consentido “realizar actividades consideradas trabajos aéreos, como la fotogrametría, agricultura inteligente –detectar en una finca aquellas plantas específicas que necesitarían de una intervención, como riego, fumigación, para optimizar el cultivo-, reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras, detección de incendios forestales, reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes naturales para dirigir las ayudas adecuadamente, etc.”, añade.
El argumento es que los drones son aeronaves, y por tanto están sujetos a la legislación aeronáutica general vigente en España, “que no hace posible el vuelo de los drones en la mayor parte de los casos”. Fomento dice estar preparando, sin fecha final, “la regulación específica de estas aeronaves, en la que AESA está trabajando en colaboración con la industria”, normativa que “contendrá disposiciones particulares que hagan posible su vuelo con determinadas condiciones y limitaciones”.
Quede claro que la nota de Fomento se refiere a uso civil de drones. El propio documento señala que “para uso militar existe una normativa que permite su operación exclusivamente en espacio aéreo segregado”, es decir, de utilización exclusiva para las Fuerzas Armadas.
Prohibición, por tanto, de vuelo de drones para usos civiles, circunstancia que Fomento se salta únicamente concediendo autorizaciones puntuales “para vuelos de desarrollo o de demostración, así como para los vuelos requeridos para la certificación de estas aeronaves”.
Lo que sí está permitido y recuerda la nota de AESA es “cuando el uso de estas aeronaves tiene exclusivamente un fin deportivo o de recreo”, en estos cosas “son consideradas aeromodelos”, que pueden volar por debajo de los 100 metros de altura, no sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, calles de cualquier ciudad), siempre en zonas habilitadas para ello.
Remata Fomento que los recintos completamente cerrados, como un pabellón industrial o deportivo, un centro de convenciones o un domicilio particular, no están sujetos a la jurisdicción de AESA, no forman parte del espacio aéreo, y entonces los titulares de estos recintos pueden decidir si autorizan el vuelo de drones en su interior y en qué condiciones. “Un estadio de fútbol –advierte Fomento- no tiene la consideración de recinto cerrado, a menos que su cubierta cubra la totalidad de su superficie, sin abertura ninguna”.

Comisión Europea: normas estrictas para regular los drones civiles

El interés por los drones, también conocidos como UAV y últimamente como RPAS (sistemas aéreos pilotados en remoto), no es exclusivo de nuestro país. En una comunicación dirigida al Consejo y el Parlamento europeos, la Comisión Europea ha propuesto en este mismo mes de abril establecer normas estrictas para regular las operaciones de los drones civiles, de aeronaves teledirigidas. Las nuevas normas abarcarán la seguridad, la protección, la privacidad, la protección de datos, los seguros y la responsabilidad.
El objetivo es “permitir que la industria europea se convierta en un líder mundial en el mercado de esta tecnología emergente”, un sector que reconoce hoy dominado por Estados Unidos e Israel, con importancia creciente de otros Estados como Brasil, China, India y Rusia; y, al mismo tiempo, “garantizar que se adopten todas las salvaguardias necesarias”.
La Comisión informa de que en la actualidad existen en el mundo 1.708 drones diferentes (566 en Europa), producidos por 471 fabricantes (176 en Europa).
Cada vez se recurre más a los drones civiles en países europeos como Suecia, Francia y el Reino Unido, en sectores distintos, pero en un marco normativo fragmentado. Aunque se aplican las normas nacionales básicas de seguridad, los requisitos en la UE varían y hay una serie de salvaguardias clave que no se tratan de manera coherente.
El vicepresidente de la Comisión encargado de Transportes, Siim Kallas, ha declarado que “muchas personas, incluido yo mismo, tienen dudas sobre la seguridad, la protección y la privacidad en relación con estos dispositivos”.
La tecnología de los drones civiles está mejorando y hay posibilidades de lograr un crecimiento y una creación de empleo considerables. Según algunas estimaciones, su valor en los próximos diez años podría representar un 10% del mercado de la aviación, es decir 15.000 millones de euros al año. El vicepresidente ha añadido que “las aeronaves teledirigidas, casi por definición, van a cruzar las fronteras y la industria todavía se encuentra en sus primeras fases de existencia. Tenemos la oportunidad de establecer un conjunto único de normas con las que todos puedan trabajar, como hacemos en el caso de las grandes aeronaves”.
Las nuevas normas que avanza la Comisión Europea pretenden regular los ámbitos siguientes:
  • Normas estrictas aplicables a toda la UE sobre autorizaciones de seguridad. “La seguridad es la primera prioridad para la política de la UE en materia de aviación”, se afirma en el documento. Las normas de la UE se basarán en el principio de que los drones civiles deben proporcionar un nivel de seguridad equivalente al de las operaciones realizadas con aparatos tripulados. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) comenzará a elaborar normas específicas aplicables en toda la UE a las aeronaves teledirigidas.
  • Controles rigurosos sobre la privacidad y la protección de los datos. Los datos recogidos por aeronaves teledirigidas deberán cumplir las normas aplicables sobre protección de datos y las autoridades pertinentes deberán supervisar la posterior recogida y el tratamiento de datos personales. La Comisión evaluará cómo garantizar que las normas de protección de datos se apliquen plenamente a las aeronaves teledirigidas y propondrá modificaciones u orientaciones específicas en los casos en que sea necesario.
  • Controles rigurosos para garantizar la seguridad. Los drones civiles pueden ser objeto de posibles acciones ilegales y amenazas a la seguridad, al igual que las demás aeronaves. La AESA comenzará a trabajar con el fin de establecer las condiciones de seguridad necesarias para proteger, en concreto, los flujos de información y, posteriormente, propondrá las obligaciones jurídicas específicas para todas las partes interesadas (por ejemplo, la gestión del tráfico aéreo, el operador, los proveedores de servicios de telecomunicaciones), que las autoridades nacionales deberán hacer cumplir.
  • Un marco claro para la responsabilidad y los seguros. El régimen actual de seguro frente a terceros está concebido principalmente para aeronaves tripuladas cuyo peso (a partir de los 500 kilos) determina el importe mínimo del seguro. La Comisión evaluará la necesidad de modificar las normas actuales para tener en cuenta las características específicas de las aeronaves teledirigidas.
  • Racionalizar la I+D y apoyar este nuevo sector. La Comisión racionalizará las tareas de investigación y desarrollo, en concreto los fondos de la UE en esta materia gestionados por la empresa común SESAR (Cielo Único Europeo), con el fin de que el calendario de comercialización de las tecnologías para la inserción del sistema de aeronaves teledirigidas en el espacio aéreo europeo sea lo más breve posible. Las PYME y las empresas de nueva creación del sector recibirán ayudas a la industria para desarrollar tecnologías adecuadas (programas Horizonte 2020 y COSME).

Objetivo UE: integración total en 2016

La Comisión quiere llevar a cabo este 2014 una evaluación a fondo para examinar los posibles problemas existentes y definir las mejores opciones para resolverlos. Ello se complementará con una propuesta legislativa, que deberán aprobar los Estados miembros y el Parlamento Europeo. Además, la AESA quiere empezar a elaborar inmediatamente las normas de seguridad necesarias. Otras posibles medidas podrán ser actuaciones de apoyo en el marco de los actuales programas de la UE, tales como SESAR, Horizonte 2020 y COSME. Todo este trabajo tiene por objeto alcanzar el objetivo declarado por el Consejo Europeo de diciembre de 2013, de garantizar la integración progresiva del sistema de aeronaves teledirigidas en el espacio aéreo a partir de 2016.
La publicidad, el marketing y el humor dedican esfuerzos considerables a identificar tendencias. Hace pocos meses el gigante Amazon anunció la próxima distribución de sus libros y productos a domicilio utilizando drones, posibilidad perfectamente irreal en estos momentos, pero reproducida por los medios de comunicación de medio mundo con entusiasmo y recibida por los ciudadanos con una curiosidad considerable. Conclusión: la tecnología existe, la sociedad está preparada, hay expectativas de negocio, falta la regulación.

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